Preguntas frecuentes
¿Puedo fotocopiar o escanear los libros y revistas de la biblioteca a través del Autoservicio?
Puede obtener por sí mismo reproducciones directas (fotocopias o imágenes escaneadas) de hasta un máximo del 20% de un libro o un artículo completo de una publicación periódica, en ambos casos, siempre posterior a 1958.
Si necesita un número mayor de copias, o de un fondo diferente a los explicados anteriormente, puede dirigirse al servicio de reprografía por encargo y hacer su solicitud a través del formulario de nuestra web.
Tenga en cuenta que la acción de reproducir contribuye al deterioro de las obras, por lo que se podrá realizar siempre que el estado de conservación lo permita, sin forzar el ángulo de apertura para evitar daños en las encuadernaciones y atendiendo siempre a las recomendaciones del personal de la Biblioteca.
Sólo se permite fotocopiar o escanear documentos de la BNE.
¿Por qué hay restricciones para hacer reproducciones?
Las restricciones y limitaciones para la reproducción de determinados fondos se fundamentan en el respeto a la legislación vigente –Ley de Propiedad Intelectual y Ley de Protección de Datos de Carácter Personal - o en medidas encaminadas a la conservación y buen uso de las colecciones, concretamente todos los fondos anteriores a 1958.
Desde el Servicio de Suministro de Documentos se gestionan diversos procesos de reproducción de sus fondos, que permiten proporcionar soportes alternativos a las reproducciones directas. Consulte su página web.
¿Por qué no puedo reproducir en autoservicio libros anteriores a 1958 ni más del 20%?
Porque el uso indiscriminado de los equipos de reproducción producen daños en las encuadernaciones y contribuyen al deterioro del papel. La Ley de Depósito Legal entró en vigor en España en 1958 y esta Ley establece el número de ejemplares que deben ingresar en la Biblioteca Nacional de España con el objetivo de asegurar la conservación de la producción editorial española. Los ejemplares editados antes de 1958 no estaban sometidos a la Ley de Depósito Legal, por lo que en ocasiones los ejemplares que se conservan son únicos en la Biblioteca y por tanto deben protegerse con especial cuidado de los procesos de reproducción y digitalización que pueden acelerar el deterioro de los ejemplares.
Además, debemos proteger a los autores, siguiendo lo establecido por la Ley de Propiedad Intelectual y el Convenio BNE-CEDRO, en el que se establece este porcentaje de reproducción para uso privado de los usuarios de la BNE.
Para un número mayor de copias o de un fondo anterior a 1958, puede dirigirse al servicio de reprografía por encargo y hacer su solicitud a través del formulario de nuestra web.
¿A través de qué servicios de la BNE puedo obtener reproducciones de documentos de la colección de la BNE?
En la BNE se pueden obtener reproducciones de sus documentos por tres vías:
- Autoservicio: reproducciones directas, hasta un máximo del 20% de un libro o de un artículo completo de una publicación periódica, en ambos casos, posteriores a 1958. Siempre que el estado de conservación lo permita y forme parte del fondo de la BNE.
- Por encargo: a través del formulario de la web. Para la obtención de un número mayor de copias o de un documento anterior a 1958. Se pueden solicitar copias de los fondos de la BNE en soporte digital, soporte papel o grabaciones de audio y vídeo.
- Autocopia: mediante este servicio y previa autorización del personal de la sala, se autoriza a los usuarios de la BNE a realizar fotografías con dispositivos móviles de fondos de la BNE. Sólo se permite para fondos bibliográficos y documentales anteriores a 1880, en todo caso libres de derechos, y que estén en buen estado de conservación.
¿Puedo utilizar reproducciones de fondos de la bne en publicaciones, exposiciones, artículos, páginas web, etc.?
La BNE es depositaria del fondo editado en España en cumplimiento de la normativa de Depósito Legal, así como la institución que conserva, gestiona y difunde todo el patrimonio bibliográfico español. Sin embargo, no es propietaria de los derechos de autor vigentes.
Por tanto, desde la BNE no se autorizan usos públicos de obras que no estén dominio público. En estos casos, las gestiones correspondientes deben ser hechas por los propios interesados con los titulares delos mismos o a través de las entidades de gestión de derechos (AGEDI, AIE, AISGE, CEDRO, DAMA, EGEDA, SGAE o VEGAP).
En cambio, si la obra no está sujeta a derechos de autor, el uso público de las imágenes procedentes de la Biblioteca es gratuito y no requiere autorización previa, únicamente es necesario citar la procedencia de las imágenes con el siguiente crédito: Imágenes procedentes de los fondos de la Biblioteca Nacional de España.
- Puede consultar la normativa de uso de las reproducciones de la BNE aquí.
¿Qué obras se considera que se encuentran en dominio público?
La Ley de Propiedad Intelectual establece los derechos de explotación de las obras en su artículo 26. Estos derechos de explotación se encuentran vigentes durante toda la vida del autor y 70 años después de su muerte, a excepción de los autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987, a los que se les aplica la duración de regulada en la legislación de 1879, de 80 años.
Una vez han expirado estos derechos se considera que la obra pasa a ser de dominio público.
¿Cuáles son las tarifas de reproducción de la biblioteca?
En la página Web de la Biblioteca se pueden consultar los precios de las reproducciones que se rigen por los precios públicos.
¿Cómo puedo pagar las solicitudes de reproducción?
Se pueden abonar las reproducciones solicitadas mediante tarjeta de crédito o débito (a través de Internet) o por transferencia bancaria.
¿Cuál es el plazo de entrega de las reproducciones por encargo?
En cumplimiento de la Carta de Servicios de la BNE 2022-2025, la Biblioteca se compromete a comunicar el presupuesto en un plazo máximo de 10 días hábiles, así como a enviar los documentos reproducidos en un plazo máximo de 20 días, a partir de la recepción del pago.
¿Cuáles son los modos de entrega de las reproducciones por encargo?
Las reproducciones solicitadas se podrán recibir por descarga digital o recibir por correo certificado en la dirección que se especifique.
¿Qué es RDA?
RDA - siglas de Recursos, Descripción y Acceso (en inglés, Resource Description and Access) fue desarrollado originalmente por Joint Steering Committee for Development of RDA) como parte de su plan estratégico para reemplazar las Reglas de Catalogación Angloamericanas.
RDA se define como un conjunto de elementos de datos, directrices e instrucciones para crear metadatos sobre recursos bibliotecarios de acuerdo a modelos de datos.
¿Cómo se desarrolla y mantiene RDA?
El RDA Steering Committee (RSC) es el responsable del mantenimiento del desarrollo y el contenido de RDA y el que lleva a cabo la revisión y modificación del texto. El desarrollo estratégico de RDA está encomendado al RDA Board.
El RSC tiene representantes regionales para recoger las propuestas de todas las partes del mundo. Europa está representada a través de EURIG (Grupo de Interés Europeo de RDA). La BNE es miembro de Eurig.
Para más información sobre RDA, su gobernanza y su mantenimiento, consúltese la sección de preguntas frecuentes de RDA (en inglés): FAQ | ALA RDA Toolkit
¿Cómo se puede consultar el texto de RDA? ¿Es gratuito?
El texto de RDA se puede consultar en https://www.rdatoolkit.org. El acceso no es gratuito, sino que existe una subscripción de pago por licencias. El texto actual no tiene traducción al español.
¿Qué es el RDA 3-R?
El proyecto 3-R (RDA Toolkit Restructure and Redesign), realizado entre 2016 y 2020, tuvo como objetivo la reestructura y revisión de todo el texto y las funcionalidades de la web. Al mismo tiempo, se reeelaboró el contenido para conformarlo al entonces nuevo modelo de referencia, el Library Reference Model de IFLA. El texto oficial, accesible en https://access.rdatoolkit.org/, recoge todos los cambios consecuencia de este proceso.
Para más información sobre el 3R, consúltese el apartado de presentaciones del RSC (http://www.rdatoolkit.org/rsc/earlier-rsc-documents-and-presentations-2015-22). Dos de las más interesantes han sido traducidos al español por la BNE: https://www.bne.es/sites/default/files/repositorio-archivos/Glenan_El_nuevo_RDA_Toolkit_ESP.zip y https://www.bne.es/sites/default/files/repositorio-archivos/Glenan-SES-OpCo-2020-ESP.zip
El texto antiguo, anterior a este proceso, se puede aún consultar en https://original.rdatoolkit.org/. Este acceso también es de pago y sí tiene traducción (no completa) al español.
¿Qué son los “perfiles” de RDA que publica la BNE?
RDA es, como su propia definición indica, un conjunto de directrices y de elementos de datos, que no resultan aplicables directamente como norma de contenido. Como resultado, todas las instituciones que deseen aplicar RDA deben de establecer unas políticas propias de aplicación (o seguir las políticas de otros centros o asociaciones). Estas políticas deben detallar los elementos básicos obligatorios y opcionales de los existentes en RDA, elegir entre las diferentes opciones posibles, dictar normas para registrar los diferentes elementos de información y también finalmente cómo codificarlos.
Los “perfiles” de la BNE expresan esas políticas en forma de un documento autónomo en el que se incluyen los elementos obligatorios, las adiciones, omisiones o alternativas por las que opta la BNE, otras políticas propias, directrices para guiar el “juicio del catalogador”, vocabularios controlados aplicables e instrucciones de codificación en MARC21.
¿Los perfiles de la BNE están basados en el RDA 3R?
No, los perfiles de la BNE están basados aún en el texto anterior de RDA (el conocido como “original”), y van a seguir así hasta que se completen todos los perfiles pendientes (ver siguiente pregunta). No obstante, gran parte de lo contenido en el perfil es completamente compatible con el nuevo texto.
¿Cuántos perfiles de la BNE se van a publicar?
Están previstos tantos perfiles como tipos de material se procesan en la BNE, así como otro perfil para la descripción de Agentes (registros de autoridad). La cronología prevista es la siguiente:
2023: Perfil de Monografías antiguas, perfil de Manuscritos, perfil de Cartografía y perfil de Agente.
2024. Perfil de Publicaciones Seriadas y Perfil de Material Gráfico.
Ya están publicados y accesibles los perfiles de Monografías modernas, Grabaciones sonoras, Partituras, Videograbaciones y un Perfil para la entidad Obra.
¿De qué trata el Perfil de Obra y cómo se relaciona con los otros perfiles?
Los diversos perfiles se ajustan a las peculiaridades y características del material del que tratan. No obstante, hay determinadas instrucciones que se deben aplicar transversalmente a todo tipo de materiales, que son las relativas a los Agentes (que se recogerán en su correspondiente perfil) y a la identificación de Obras.
En identificación de obra se recogen las instrucciones que, en las antiguas reglas de catalogación, se detallaban en los capítulos 14 y 16, para seleccionar la combinación de autor y/o título con las que se identifica una obra. También se indican instrucciones para registrar otros atributos de obra, ya sea en el registro de autoridad o en el registro bibliográfico.
No obstante, para facilitar el uso de los perfiles individuales, cada uno tiene instrucciones de obra en aquellos casos que son más habituales a cada tipo de material. Para otros casos no cubiertos, se debe consultar el Perfil de Obra.
¿Habrá alguna vez un único perfil para RDA de toda la BNE?
Aún es pronto para decidirlo. Una vez que se tenga todo el trabajo y cierta experiencia de uso, se podrá decidir cuál es la mejor manera de presentarlo, bien en un solo documento, en varios, o en formato web.
Hay argumentos para sostener cualquiera de los puntos de vista. Aunque hay muchas instrucciones que son similares en todos los perfiles, para los bibliotecarios especialistas en un material, es más cómodo manejar un solo documento con todas las prescripciones necesarias.
¿Se pueden utilizar los perfiles de BNE sin consultar RDA?
Aunque el texto de los perfiles contiene continuas referencias al texto de RDA, se puede utilizar como documento autónomo para generar registros bibliográficos completos de acuerdo a RDA, sin necesitar de consultar el texto original.
También se puede utilizar como base para definir otras políticas propias de aplicación a una institución, que refinan, amplíen o seleccionen lo que sea necesario para adecuarlo a las necesidades locales.