Preguntas frecuentes
¿Qué es el servicio de préstamo interbibliotecario?
Es un servicio por el que tanto los usuarios con carné de la Biblioteca Nacional de España (BNE), como las bibliotecas, españolas o extranjeras, pueden acceder, recíprocamente, a los fondos que se gestionan en ellas. Así:
- Los usuarios con carné de la BNE, pueden solicitar el préstamo de obras originales o reproducciones de fondos que no se encuentren en la colección de la BNE, pero sí en bibliotecas españolas o extranjeras.
- Las bibliotecas extranjeras o españolas, pueden obtener una reproducción de hasta el 20% de una monografía o un artículo completo de una publicación periódica, en ambos casos posterior a 1958.
En ambos casos el uso de las obras siempre será por investigación.
¿Quién puede hacer uso del servicio de préstamo interbibliotecario y qué se necesita para acceder?
A este servicio pueden acceder tanto usuarios con carné vigente de la BNE, como bibliotecas, españolas o extranjeras, interesadas en el fondo de la BNE y siempre que se soliciten fondos dentro de la política de la BNE para préstamo interbibliotecario.
¿Qué tipo de documentos se pueden obtener a través del servicio de préstamo interbibliotecario? ¿Hay algún material excluido?
En la política del servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE para bibliotecas, españolas o extranjeras, se facilita una copia, en formato pdf o en papel, de hasta un máximo de un 20% de una monografía, o copia de un artículo completo de publicación periódica, en ambos casos publicados después de 1958 y siempre que el estado de conservación lo permita.
Quedan excluidos de préstamo interbibliotecario:
- Documentos publicados antes de 1958.
- Números completos de publicaciones seriadas.
- Documentos inéditos.
- Documentos de archivo y archivos personales.
- Materiales especiales como carteles, dibujos, ephemera y ex libris, fotografías, grabados, etc.
- Películas y grabaciones sonoras.
- Normas UNE/ISO
Todas las solicitudes que no puedan ser servidas a través del servicio de Préstamo Interbibliotecario pueden ser enviadas al servicio de reproducción de fondos por encargo, a través de su formulario web.
Para las peticiones que el servicio de préstamo interbibliotecario gestione con bibliotecas, españolas o extranjeras, para usuarios con carné de la BNE será la biblioteca suministradora quien establezca su propia política sobre sobre el préstamo y/o reproducción de los materiales de su colección.
¿Dónde está ubicado el servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE?
Está ubicado en la 4ª planta, ala norte, junto a la Sala de Prensa y Revistas Larra. prestamo@bne.es
¿Cómo se puede realizar una petición a través del servicio de préstamo interbibliotecario? ¿Se puede solicitar una obra a otra biblioteca de Madrid?
Para hacer llegar la solicitud al servicio de préstamo interbibliotecario existen dos vías:
- Para un usuario con carné de la BNE, se debe hacer llegar un correo electrónico a la dirección prestamo@bne.es con el nombre, apellidos y número de carné de la BNE del solicitante, Autor, título, año de edición, artículo o capítulo y páginas que se necesita. Para este tipo de peticiones, es posible solicitar fondos de otras bibliotecas de la Comunidad de Madrid, siempre que la biblioteca prestataria disponga del servicio de préstamo interbibliotecario.
- Para bibliotecas, españolas o extranjeras, interesadas en los fondos de la BNE, las bibliotecas deben rellenar el formulario web accesible desde esta url.
He solicitado una obra a través del servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE a una biblioteca extranjera, pero en estos momentos resido fuera de la Comunidad de Madrid, ¿se envía la obra a otra biblioteca para que pueda ser consultada?
Las consultas de fondos procedentes de otras bibliotecas, solo se pueden realizar en las instalaciones de la BNE, en la Sala de Prensa y Revistas Larra.
¿Es posible hacer una solicitud de préstamo interbibliotecario y utilizar la obra o su reproducción para hacer una edición o una exposición con la misma?
El servicio de préstamo interbibliotecario suministra préstamo o copia de documentos, según cada tipo de petición, exclusivamente con fines de investigación. No está autorizado ningún otro uso para los documentos obtenidos a través de este servicio.
Si lo que necesita es realizar un uso distinto al de investigación (por ejemplo, uso editorial, comunicación pública o uso publicitario), debe solicitarlo a través del servicio de reproducción de fondos por encargo, a través de su formulario web. En este servicio se cuenta con los mecanismos apropiados para suministrar las reproducciones y valorar y autorizar los posibles usos que se le pueden dar a las mismas.
¿Cuántas peticiones de préstamo interbibliotecario se admiten a la vez?
Se admite una petición de fondo por cada solicitud realizada, sin límite de peticiones por usuario o institución, y siempre que se garantice el respeto a la legislación de propiedad intelectual y de protección de datos
¿Se puede cancelar una petición de préstamo interbibliotecario?
Es posible realizar una cancelación de una petición de préstamo interbibliotecario en los siguientes casos, según el tipo de petición:
- Si es una petición de un usuario con carné de la BNE, se podrá cancelar si la petición no se ha llegado a solicitar a la biblioteca suministradora, o si, habiéndose tramitado la petición, no se ha llegado a realizar el pago ni el envío de los documentos solicitados. Si aun así, se sigue queriendo la cancelación por parte del usuario, este deberá hacer frente a los gastos de la petición.
- Si es una petición de una biblioteca, española o extranjera, se podrá cancelar siempre que esta no haya sido abonada. En ese caso, se podrá cancelar pero no se podrá gestionar ningún tipo de devolución económica.
¿Es el préstamo interbibliotecario un servicio gratuito?
El servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE no es un servicio gratuito. Se pueden consultar las tarifas en el siguiente enlace. La BNE admite como formas de pago la trasferencia bancaria para todo tipo de bibliotecas, y, además, el pago con IFLA vouchers para bibliotecas extranjeras.
Para las peticiones realizadas por los usuarios con carné de la BNE serán las bibliotecas suministradoras las que establecerán el coste de este servicio. El pago se hará mediante transferencia bancaria o presencialmente con tarjeta de crédito o débito en el servicio de Préstamo interbibliotecario de la BNE.
¿Es posible solicitar una factura de lo abonado por una petición de préstamo interbibliotecario? ¿cómo conseguirla?
El servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE expedirá facturas de las peticiones recibidas por bibliotecas, españolas y extranjeras, para lo cual las instituciones deberán cumplimentar un formulario que se les hará llegar a tal efecto, cuándo se reciba el pago de la solicitud.
Para las peticiones gestionadas para los usuarios con carné de la BNE se expedirá un certificado de los gastos realizados
¿Cuánto tiempo tarda en llegar la obra o la reproducción solicitada por el servicio de préstamo interbibliotecario?
El tiempo que se tarda en recibir un préstamo o las reproducciones solicitadas, vienen marcados en cada caso por la biblioteca suministradora, o por la demanda de peticiones recibidas en el servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE.
Sin embargo, y tal y cómo se indica en la Carta de Servicios Biblioteca Nacional de España 2022-2025, nos comprometemos a cursar la solicitudes o a informar de las posibles causas de cancelación en un plazo de 3 días hábiles desde la recepción de la petición
Si en el servicio de préstamo interbibliotecario me sirven el préstamo de una obra original, ¿cuánto tiempo dura el préstamo? ¿Se puede sacar la obra de la BNE?
Para las peticiones de usuarios con carné de la BNE donde la biblioteca suministradora envía en préstamo una obra original, el tiempo de préstamo lo establece esta institución, siendo aproximadamente, de un mes de duración.
La consulta de esa obra, como se ha explicado anteriormente, se debe hacer en la Sala de Prensa y Revistas Larra de la BNE.
¿Dónde y cómo se puede consultar la obra a través del servicio de préstamo interbibliotecario? ¿Se pueden sacar fotocopias de algunas páginas?
Una vez recibida la obra, el usuario de la BNE la recogerá en el servicio de préstamo interbibliotecario y podrá consultarla en la Sala de Prensa y Revistas Larra durante el periodo de préstamo establecido por la biblioteca suministradora. Estos fondos no pueden ser reproducidos
¿Es posible renovar un préstamo interbibliotecario? ¿A quién debo dirigirme?
Las peticiones de renovación de los préstamos interbibliotecarios se deben solicitar en el servicio de préstamo interbibliotecario a través del correo prestamo@bne.es antes de que finalice el plazo de consulta. La renovación final será concedida o no por la biblioteca suministradora
¿Qué es el depósito legal?
El depósito legal es la norma que permite a la Administración General del Estado y a las Comunidades Autónomas recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública. Su objetivo es recopilar la edición española, velar por su difusión, y preservarla y legarla a las generaciones futuras.
En el mes de mayo se aprobó la Ley 8/2022, de 4 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal. Esta modificación persigue dos grandes objetivos: por una parte, adaptar la norma a los cambios que se han producido en el sector editorial; por otra parte, armonizar la Ley 23/2011 con el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea. En depósito legal de las publicaciones en línea podrá encontrar más especificaciones sobre el depósito de este tipo de materiales.
¿Qué es una publicación en línea?
Es la información o contenido de cualquier naturaleza difundido en un soporte electrónico no tangible, archivado en un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado, que sea objeto de difusión. Los sitios web se consideran publicaciones en línea (art. 2.d).
Necesidad de regular legalmente el depósito de las publicaciones en línea
Con los cambios en el campo tecnológico el propio concepto de documento ha cambiado radicalmente. Sus límites se desdibujan. Lo que en soporte tangible (libros, vídeos, registros sonoros, prensa, carteles…) ha conformado a lo largo de los siglos nuestro patrimonio documental, hoy tiene su paralelo en la red en forma de blogs, prensa digital, e-books, páginas web, redes sociales, música y vídeos en línea…
Las Directrices para la preservación del patrimonio digital (UNESCO, 2003) señalan la importancia de proteger los recursos que se generan “cada vez más a menudo en formato digital”. Además, los contenidos de estos recursos están en constante cambio, por lo que si no se conservan se corre el riesgo de que se pierdan para siempre, provocando un “agujero negro” en la información, una “edad oscura digital”, que dificultaría la comprensión de nuestra época.
¿Qué es el depósito legal de las publicaciones en línea?
El depósito legal de las publicaciones en línea es la obligación de depositar todos los materiales publicados en soporte electrónico no tangible en las instituciones designadas para ello por la ley. Tiene como objetivo la recopilación del patrimonio cultural e intelectual de cada país, con el fin de preservarlo a largo plazo y ponerlo a disposición de los ciudadanos. Se trata, pues, de un medio que garantiza la conservación de toda la producción editorial y debe ser contemplado como un bien democrático común que asegura a los ciudadanos de hoy y a las generaciones futuras el acceso al legado intelectual con fines de información e investigación.
¿Qué países han desarrollado legislación del depósito legal de las publicaciones en línea?
Desde que la UNESCO (Directrices para la preservación del patrimonio digital, 2003) advirtió del peligro de pérdida del patrimonio documental en línea, muchas bibliotecas nacionales de todo el mundo han trabajado para su preservación. En muchos países se ha legislado ya al respecto. Por citar dos casos muy cercanos, Francia (Code du Patrimoine, 2006) y Reino Unido (Non-print Legal Deposit, 2013) tienen legislación sobre el depósito legal de las publicaciones en línea, con unas características muy parecidas al real decreto que ahora se ha aprobado en España.