Preguntas frecuentes
¿A qué tipo de documentos se le asigna el ISSN?
- A cualquier publicación seriada, que se define como aquella que bajo un título común se publica en partes sucesivas y para la que en principio existe la intención de que continúe indefinidamente. Normalmente va numerada y/o lleva designación cronológica. Son publicaciones seriadas: revistas, periódicos, boletines, publicaciones anuales (informes, anuarios, directorios, etc.), memorias de sociedades, actas de congresos periódicos, transacciones, etc. También pueden considerarse publicaciones seriadas las series monográficas.
- Las publicaciones seriadas pueden estar editadas en cualquier soporte: impreso, CD-ROM, disquetes, en línea, etc. Si un mismo título se edita en varios soportes a cada uno de ellos le corresponderá su propio ISSN.
- Si una publicación seriada se edita en varias lenguas, a cada una de las ediciones le corresponderá un ISSN distinto.
- Si una publicación seriada tiene un suplemento y éste lleva su propia numeración, independiente de la de la publicación principal, también le corresponderá su propio ISSN, distinto del de la publicación de la que depende.
- No se asigna ISSN a las publicaciones editadas en partes pero que tienen una fecha de finalización predeteminada o un número de partes preestablecidas a priori (por ejemplo, las colecciones de fascículos o una revista que, con motivo de algún aniversario, sólo se vaya a editar durante un breve periodo de tiempo).
La mayoría de las convocatorias de las agencias de evaluación académicas exigen el ISSN en las publicaciones aportadas. Esta exigencia supone un problema para el Centro Nacional del ISSN, puesto que se solicita ISSN para publicaciones que no reúnen los requisitos necesarios para ello. La Agencia del ISBN ha elaborado un documento con su posición en este tema de los concursos.
El ISSN no es obligatorio y su obtención no garantiza la calidad, relevancia u originalidad de la publicación seriada. El ISSN se asigna exclusivamente a publicaciones seriadas de acuerdo con unas directrices internacionales.
¿Cuándo hay que solicitar el ISSN?
- Antes de que se edite el primer número con el fin de que el ISSN pueda figurar en la publicación desde el principio (excepto en el caso de publicaciones seriadas cuyas URL deben estar operativas previamente a la solicitud).
- En cualquier momento de la vida de la publicación.
- Puede solicitarse cuando ya ha dejado de publicarse si se desea una asignación retrospectiva.
- Siempre que haya un cambio de título. Si el título de la publicación seriada cambia, el ISSN que tuviera asignado ya no puede seguirse utilizando y hay que solicitar uno nuevo. Cualquier cambio en el título, por insignificante que parezca (como la desaparición de una palabra o acrónimo, el orden de las palabras, un cambio en la denominación de la entidad responsable si forma parte del título…) puede suponer la asignación de un nuevo número de ISSN.
Cuando se solicita ISSN para una determinada publicación seriada también hay que solicitarlo para las publicaciones relacionadas con ella:
- Suplementos de la publicación que cuenten con su propia numeración.
- Ediciones en otras lenguas.
- Ediciones en otros soportes. (por ejemplo, Internet, CD-ROM, disquete, etc.)
¿Dónde se debe hacer constar el ISSN?
El ISSN se presenta en dos grupos de cuatro cifras separadas por un guión y precedido por las siglas ISSN (el último dígito es de control y puede ser una X).
Ej. ISSN 0031-213X
El número de ISSN se hará constar en el primer fascículo y/o en fascículos siguientes o en cualquier iteración de la publicación seriada. Si se publica acompañado de material anejo, el ISSN se incluirá también en dicho material.
- Publicaciones seriadas en soporte impreso: se recomienda imprimir el ISSN en el borde superior derecho del verso de la cubierta, en la portada, en la cabecera y/o páginas editoriales.
- Publicaciones seriadas en soporte CD-ROM, DVD, disquete, etc.: se recomienda incluirlo en la pantalla del título, o si no tiene, en el menú principal o en cualquier etiqueta unida permanentemente a la publicación. Si no fuera posible, se indicará en la carátula del estuche o envase.
- Publicaciones seriadas en Internet: se recomienda incluirlo en la pantalla de inicio o portada, en las diferentes iteraciones y en los correspondientes campos de metadatos.
Si un número o volumen de una publicación seriada lleva, además de ISSN, un ISBN, ambos códigos aparecerán juntos, precedido cada uno de sus respectivas siglas (ISSN o ISBN).
Si una publicación seriada lleva inserta otra publicación seriada con su propio ISSN, el ISSN de la publicación inserta se imprimirá en su propia portada o cabecera.
Se recomienda que el ISSN aparezca reflejado en los catálogos de los editores.
¿Cuál es la diferencia entre el ISBN y el ISSN?
El ISSN y el ISBN (International Standard Book Number / Número Internacional Normalizado de Libros) son códigos numéricos de identificación. El ISSN identifica las publicaciones seriadas y el ISBN identifica obras monográficas. Para informarse acerca de los criterios de aplicación del ISBN contacte con la Agencia Española del ISBN.
El ISSN y el ISBN no son incompatibles: hay publicaciones que pueden llevar ambos códigos, como es el caso de las series monográficas. El ISSN identificará la serie, mientras que el ISBN identificará una entrega o volumen concreto. En caso de que una publicación cuente con ambos números, ISSN e ISBN, se recomienda imprimirlos juntos, precedido cada uno de ellos por sus respectivas siglas.