Certificación y conservación de obras de arte en entornos digitales

Certificación y conservación de obras de arte en entornos digitales
5 de Agosto de 2022

Certification and preservation of artworks  in digital environments

Concetta Damiani

JLIS.it, ISSN 20381026-5224, v. 13, n.2, 2022, p. 189–202

Las cuestiones de producción, gestión y conservación de los archivos de los artistas y de las obras de arte están en el centro del cambio y merecen un análisis cuidadoso. Los principios de uso, certificación y conservación preventiva de muchas obras de arte contemporáneo creadas digitalmente deben, de hecho, replantearse sobre la base de nuevos criterios, que se refieren casi exclusivamente a la estructura documental y a los componentes tecnológicos y digitales. Si las propuestas y las intervenciones son necesarias para las producciones digitales en modo "clásico", las producciones de criptoarte deben ser vigiladas más que nunca.  Junto a este ámbito, que en términos documentales afecta al tratamiento de las obras de arte de forma más incisiva y decisiva que en el caso del llamado arte físico, hay que considerar también los parámetros de producción y gestión del contexto documental correspondiente. La producción de criptoarte puede estar flanqueada por la correspondiente producción documental, incluida la certificación; pero, como hemos visto, la criptocertificación también puede afectar a obras producidas en un entorno analógico. El siguiente paso podría ser la realización de catálogos razonados en un entorno blockchain. Muchos iniciados consideran que, para el criptoarte y su incipiente coleccionismo, las NFT pueden representar la solución ideal para garantizar la propiedad, la autenticidad, la procedencia y la "rareza" del bien/derecho incrustado en el token, también en lo que respecta a la cantidad de ejemplares puestos en el mercado. Una NFT, hemos señalado, es un conjunto de metadatos que incluye un hash, es decir, un identificador único del bien digital al que se refiere, que puede ser intercambiado mediante contratos inteligentes. Estos metadatos también pueden incluir un enlace (a menudo una URL) al bien digital al que se refieren, disponible en línea en otros medios o espacios de almacenamiento. Se trata de "objetos digitales" de diversa índole, como imágenes y fotos, vídeos, música, tuits, extractos, código fuente, textos, nombres de dominio, obras de arte digitales, objetos de colección, pero también versiones digitales de bienes físicos. El discurso, incluso en la esfera artística más amplia, se está abriendo a nuevos experimentos. Tanto la introducción del blockchain, como ya han indicado autorizados estudiosos, como las diversas actividades en el ámbito de la NFT necesitan una implicación de los archiveros en la reflexión científica y metodológica. En esta redefinición de roles y relaciones, los sistemas documentales tienen la oportunidad de asumir un papel de sujeto de referencia primario y sería un grave error no implicarse y no intentar participar en los procesos de toma de decisiones que afectan y agobian, como hemos visto, al ámbito de los registros.

https://www.jlis.it/index.php/jlis/article/view/467

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