¿Hay que reescribir la directiva de derechos de autor? El papel de las herramientas de reconocimiento de las obras en la aplicación del artículo 17 de la directiva 2019/790
Faut-il réécrire la directive droit d'auteur?: Du rôle des outils de reconnaissance des oeuvres dans l'application de l'article 17 de la directive 2019/790Jean-Philippe Mochon, Alexis Goin
Revue internationale du droit d’auteur, ISSN 0035-3515, n. 267, 2021, p. 3-48
Compartir música en YouTube, poner en línea un extracto de una película en Facebook, subir las obras de un artista en Instagram… tantos actos que –muy extrañamente-, hasta 2019 se podían ver en Europa, cuna de los derechos de autor, como no relevantes respecto a los derechos de propiedad intelectual de cada uno de los creadores concernidos. Con el artículo 17 de la directiva 2019/790, la legislación ha puesto fin a esta situación heredada de la prehistoria de internet al definir el régimen de responsabilidad aplicable al compartir obras protegidas por el derecho de autor en plataformas digitales.
Remunerar a los creadores, enriquecer los contenidos disponibles por los desarrolladores de licencias, volver más transparentes las reglas y los procedimientos: lo esencial parecía haber sido hecho por el legislador. Y sin embargo, casi dos años después, el debate arrecia sobre el artículo 17, focalizándose en la garantía del beneficio de las excepciones al derecho de autor. Es en este contexto, un informe elaborado a petición de las autoridades francesas, en el cual han participado los autores del presente artículo, formula propuestas para una puesta en funcionamiento equilibrada del artículo 17. Más allá de las caricaturas y de los fantasmas, se subraya el papel que deberán tener las herramientas automáticas de reconocimiento de contenidos de ahora en adelante y los ya desplegados en las más importantes plataformas. Precisa las modalidades de intervención de estas herramientas preventivas indispensables para la protección del derecho de autor y describe las condiciones del equilibrio para asegurar las excepciones a este derecho y respecto a la libertad de expresión, en las que el respeto puede y debe ser asegurado sin paralizar el funcionamiento de las herramientas automáticas. El informe aboga por una lectura rigurosa del texto de la directiva y propone confiar al regulador un papel de garante del equilibrio a instituir entre los derechos de las diferentes partes: usuarios, titulares de los derechos de autor y plataformas. Solo tal lectura, que da toda su importancia a las herramientas tecnológicas disponibles, permitirá a la directiva producir todos los efectos respecto a los contenidos legales ampliamente disponibles en beneficio de todos.
Resumen elaborado por Antonio Rodríguez Vela